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estabilidad ocupacional reforzada

Conozca los derechos que le asisten a los trabajadores del país en materia de estabilidad ocupacional reforzada

 

Para todos aquellos que han sentido que sus derechos han sido violados en materia laboral. Es fundamental que conozcan en qué consiste la estabilidad laboral reforzada o mejor conocida como estabilidad ocupacional reforzada, para evitar que sus derechos sean vulnerados. 

Tal vez se escuche como un tema difícil de entender, que aunque si tiene bastante tela por cortar, es el derecho que protege al trabajador de ser despedido por una causa objetiva. 

Es decir, que la estabilidad ocupacional reforzada protege los derechos de todos los trabajadores a ser discriminado por alguna discapacidad o condición de salud especial, independiente del contrato pactado con el empleador. 

Sin embargo, cabe aclarar que los empresarios también están cobijados frente a este tipo de protección de sus trabajadores, dado que, en algunas oportunidades los empleados pueden incurrir en ilegalidades como mentir sobre su estado de salud y generar incapacidades que no son reales. 

Por otro lado, pese a que el trabajador tenga una condición de salud especial y el empleador desee reubicarlo dando cumplimento a la norma, pero éste no lo desee, es fundamental que los empresarios se asesoren de expertos. Ya que no es el único caso que sucede; en muchas ocasiones el trabajador con discapacidad no desea pensionarse por invalidez y más adelante puede generarle dolores de cabeza que pudieron solucionarse a tiempo. 

De igual manera, hemos recibido consultas de empleadores que nos han manifestado que dentro de sus equipos de trabajo cuentan con personal pre pensionado, el cual no desea jubilarse y se “perpetúan en los puestos de trabajo. Cabe aclarar que, para dar por terminado el contrato laboral éste debe estar pensionado, no cuando cumple los requisitos.  

Para explicar un poco mejor este tema, a continuación, entérese de los principales tipos de estabilidad ocupacional reforzada que existen en Colombia para que pueda tomar decisiones acertadas: 

  1. Fuero de salud: es una protección que tiene el trabajador a no ser despedido a causa de su condición de salud. Para este caso, el empleador deberá considerar en la reubicación laboral ya que no podrá despedir a su empleado, sin una justa causa. 
  2. Fuero para pre pensionados: es clave entender que si usted se encuentra entre los últimos tres años para cumplir los requisitos de adquirir la pensión, no podrá ser despedido ni podrán dar por terminado el contrato laboral hasta que cumpla la edad de pensión y se jubile. 
  3. Fuero de maternidad:  este es el más común. Es una protección que tienen las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia. Fuero por el cual no podrá ser despedida y el empleador, además, está obligado a renovar su contrato hasta que finalice su licencia de maternidad.  
  4. Fuero sindical: esta protección va contra un despido injusto e ilegal, a los directivos de un sindicado sin la previa intervención de un juez laboral. 
  5. Fuero de acoso laboral: esta protección indica según el código sustantivo del trabajo a no despedir por ninguna circunstancia a un trabajador que está viviendo esta situación. Lo indicado es que el empleado pueda poner la queja ante el comité de convivencia para dejar el precedente frente al acoso laboral, el cual debe ser demostrable. El empleador, por lo tanto, no podrá tomar represarías en su contra. 

Si es empresario y está pasando por una situación como esta, recuerde que la asesoría de profesionales es indispensable para brindarle el apoyo que requiere.  

Consúltenos, podemos asesorarlo gracias a nuestro equipo de abogados expertos en derecho laboral que estarán prestos a colaborarle con reubicaciones de personal, cobros pensionales, pensiones familiares o de invalidez.

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