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Corte Suprema de Justicia ratifica el reconocimiento de la pensión

Corte Suprema de Justicia ratifica el reconocimiento de la pensión contemplando tiempos públicos y privados bajo el régimen de transición. 

Comunicado Oficial

TG Consultores informa a sus aliados que la Corte Suprema de Justicia a través de la sentencia SL 1947 de 2020 modifica el precedente jurisprudencial y establece que las pensiones de vejez contempladas en el Acuerdo 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 del mismo año, pueden consolidarse con semanas cotizadas al Instituto de Seguro Social hoy Colpensiones y con semanas cotizadas a entidades públicas.

La Corte hace este cambio y manifiesta que se ajusta al Sistema Integral de Seguridad Social creado en la Ley 100 de 1993 que permite la acumulación de tiempos de servicio públicos y privados para el reconocimiento de la pensión, en el entendido que los aportes a seguridad social deben tener soporte en el trabajo realizado sin discriminar si este fue a una entidad privada o pública. 

Con este cambio jurisprudencial de la Alta Corte, se permitirá el reconocimiento de la pensión computando los tiempos públicos y privados para la prestación económica, todo ello bajo la aplicación del Decreto 758 de 1990; e inclusive se abre la posibilidad de estudiar una eventual reliquidación de pensión aplicando esta normativa.

El anterior pronunciamiento que hace la Corte Suprema de Justicia en su Sala Laboral es de gran relevancia para todos los Colombianos, por lo cual los invitamos a que nos consulten y así revisar su caso puntual. 

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