Si usted es pensionado o está próximo a pensionarse, esta información puede interesarle.
El valor de su mesada pensional varía año a año conforme a la disposición legal. Sin embargo, dicha variación también dependerá del régimen y la modalidad en la que se encuentra pensionado.
En el régimen de ahorro individual, administrado por los Fondos Privados de Pensiones el valor anual de su pensión estará determinado por la modalidad en la que se encuentre pensionado. Si hablamos de las dos modalidades más comunes en este régimen, tenemos que para quienes están pensionados bajo la modalidad de retiro programado, el valor de la mesada pensional dependerá de las inversiones, las utilidades y rendimientos que obtenga el fondo que administra el capital de su cuenta de ahorro. Esto quiere decir que, el valor de su mesada pensional puede aumentar o disminuir según las rentabilidades que genera la cuenta, la expectativa de vida y los beneficiarios; esto no aplica a quienes se pensionaron con el beneficio de la garantía de pensión mínima, quienes pese a pensionarse bajo modalidad de retiro programado obtienen la actualización de su mesada pensional según el aumento del salario mínimo legal mensual vigente para cada año.
Para quienes se encuentran pensionados bajo la modalidad de renta vitalicia, en la que es una Aseguradora quien se encarga de efectuar el pago de la mesada pensional, a través, de la firma de una póliza que garantiza al pensionado, que recibirá una mesada pensional de manera vitalicia con un incremento anual de acuerdo con la inflación.
El incremento del valor de la mesada pensional para quienes se encuentran pensionados o se pensionarán bajo el régimen de prima media, administrado por Colpensiones, depende del valor de la mesada pensional.
Si el valor de la pensión corresponde al salario mínimo, el incremento se realiza en el mismo porcentaje en que se fija el aumento del salario mínimo. Para quienes reciben una mesada pensional superior al salario mínimo, se reajustan anualmente según el índice de precios al consumidor (IPC), que certifique el DANE – Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas para el año inmediatamente anterior.
¿Qué es el Índice de Precios al Consumidor?
Es un indicador económico que controla y elabora el DANE, representa la variación de los precios de los bienes y servicios que se consumen en el país.
Recientemente fue demandado el artículo 14 de la Ley 100 de 1993 que dispone el incremento del valor de la mesada pensional como ya se expuso. En la demanda se argumentó que la disposición era contraria a la Constitución al considerar que existe un menoscabo de ingresos para los pensionados y con ello una vulneración al mínimo vital de quienes dependen de su mesada pensional para subsistir, dada la forma en la que se calcula la mesada pensional, el aporte a salud que debe realizarse y que el índice de precios al consumidor no es un indicador que garantice el poder adquisitivo del dinero que reciben por concepto de mesadas.
Esta demanda fue decida en sentencia C – 227 de 2023 y en ella, la Corte Constitucional consideró que, contrario a lo analizado por el demandante, el índice de Precios al Consumidor si permite realizar un ajuste monetario razonable y por ende garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionados. Igualmente resaltó que no es el incremento del salario mínimo una variable adecuada para garantizar el poder adquisitivo de los pensionados pues su incremento depende de factores económicos y políticos.
Por lo anterior, la Corte no consideró vulnerados los derechos señalados en la demanda e indicó que es constitucional que el índice de precios al Consumidor IPC sea tenido en cuenta para efecto del reajuste de las mesadas pensionales año a año.
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(Documento realizado el 14 de Agosto de 2023, puede contener cambios de información al momento de la consulta, por actualización de jurisprudencia)
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Buenos dias, soy pensionado por Porvenir desde el año 2011, bajo la modalidad de Retiro Progrado Anticipado, y recibia cerca de salario y medio de mesada, pero durante los años 2018-2019-2020-21, no recibi incremento en mi mesada , y actualmente me dan un salario minimo. Mi ultimo sueldo en el 2007 era de $2.400.000.00, y en el 2011 me ganaba un minimo.
Es posible solicitar una revision de mi mesada y que se aumente por lo meno a salario y medio que me pagaba al principio, o ya no hay nada que hacer?
Hola Jairo. Las pensiones en la modalidad de Retiro Programado están sujetas a variaciones en la mesada pensional a causa de los movimientos financieros del Fondo, esto ocasiona que en algunos casos la pensión disminuya. Por lo tanto, es importante revisar el caso particular para ver si es posible un reajuste en la mesada. Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Estoy próximo a cumplir 60 años ( Dic-2023) ya sobrepase la cotización del numero de semanas mínimas para requisitos de pensión, sigo empleado y deseo conocer las opciones para aumentar el valor de mi pensión al retiro
me informas el alcance de su asesoría y el costo de la misma para saber si me conviene-
Quedo atento.
Hola Carlos. Es importante conocer las semanas cotizadas con exactitud, el salario, en qué régimen pensional te encuentras, para analizar si se puede incrementar la mesada pensional. Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Para los pensionados e el fondo de pensiones privadas, tenemos derecho a las primas legales en Junio y Diciembre?
Hola Martha. El derecho de la mesada 14 era un beneficio que aplicaba para el Seguro Social, a personas pertenecientes al régimen de transición. Por tanto no existe en los Fondos Privados este beneficio, sin embargo si hay una prima a todos los pensionados y solo aplica la de fin de año.
Una aclaración no tanto de fondo pero sirve para los planes de cada uno, realmente es una prima y dependiendo del fondo la entregan en junio o diciembre
Aplica el incremento para fondos privados? Protección ?
Hola Marino. Este incremento depende de la modalidad con la que estés pensionado. Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Estoy a 1 año y 10 meses de pensionarme estoy en Porvenir, tengo a la fecha 1.900 semanas , con cuanto que sueldo me puedo pensioar?
Hola Luis. Teniendo en cuenta que estas afiliado a un Fondo Privado se debe revisar el capital acumulado para definir si cumples con el monto requerido para una pensión mínima, de lo contrario se evalúan las semanas cotizadas al momento de pensionarte. . Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
estoy pensionado ley de transicion año 2011 colpensiones, mi sueldo es actual de $1913.000 no se algun derecho, 3132389938
Hola Jesus. Cada caso es particular y se debe revisar muy bien si es posible una reliquidación. Por ello, te invitamos a que agendes una cita a través de nuestro WhatsApp 3184320174.
Muy buenas tardes Sres.Tg.consultores.net
Siempre he tenido la inquietud de una Reliquidacon.por lagunas que quedan.y ser lo más justas posibles.quedo a la expectativa.de su excelente asesoría.
Hola German. Te invitamos a que agendes una cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 para que un experto revise tu caso y revisar si existe posibilidad de reliquidación.
Gracias por el artículo . Análisis claro y conciso y muy ilustrativo
Muy interesante, gracias por mantenerme al día
Hola Yezid. Gracias por leer nuestro Blog.
Estoy pensionada en Porvenir bajo la modalidad de retiro programado. Pese a que mi cuenta individual sube cada año, mis reajustes anuales son muy pequeños, solo este año me incrementaron el IPC. Tampoco me aceptan poder retirar parte de mi capital. Me pensionaron muy por debajo de mi promedio base de cotización argumentando que era por mi capital, pero mi capital sube y mi pensión no de la misma forma.
Hola Luz. Debido a que anualmente se reduce el capital que tenias ahorrado por el pago de tu pensión. La rentabilidad se calcula sobre el capital que va quedando año a año, más no del total ahorrado. En la modalidad de Retiro Programado no se tiene en cuenta el incremento del IPC.
Hola buenas tardes.. estoy próxima a pensionarme.. y deseo saber cuántas semanas necesito
Gracias
Hola Azucena. Para la pensión en el Fondo Privado, debes tener un capital de $285 millones de pesos acumulados o 1.150 semanas, para acceder a una pensión de salario mínimo. En Colpensiones, exigen 1300 semanas.
Muy importante que se esté revisando, continuamente, estos procesos, en lo laboral y pensional, el ejecutivo, el poder judicial, no lo reconocen, y esperan hasta que el ciudadano lo solicite.
Hola Luis. Gracias por leer nuestro Blog. Te invitamos a que nos sigas consultando, para que estés actualizado en materia pensional.
Cuando una persona cotiza sobre un salario mínimo cuando se pensione si tiene más semanas no suman, sigue siendo un salario mínimo gracias por su respuesta quedó atenta.
Hola Aura, para el reconocimiento de la pensión de vejez, se tienen en cuenta la totalidad de semanas cotizadas, se realiza un promedio y así mismo se reconoce la pensión. Por lo tanto, esas semanas adicionales, harían parte del cálculo de la pensión. Sin embargo, si el salario ha sido con el mínimo, la pensión no puede ser inferior a este.
Buenos días. Estoy próximo a cumplir mi edad para la pensión. Faltan 38 meses al momento tengo 1700 semanas. Mi sueldo a cobrar es de 2 millones.
1. Q pasa si me retiro ahora. Cuánto me queda La pensión. Cuando cumpla la edad.
2. Si espero la edad pasaría las 1800. Canto queda mi pensión promedió.
3. Tengo derecho a mesada x llevar más semanas?
Hola Omar. Cada caso es particular. Te invitamos a que agendes una cita por nuestro WhatsAPP 3184320174 para que un experto te brinde la mejor información.
Tengo entendido que la plata del trabajador que se ahorra por años para alcanzar la pension el señor dueño del fondo privado no la almacena por debajo del colchon en la casa.
Se supone que el señor pone ese capital de todos los ahorradores en ese fondo a capitalizar o invierte ese capital en proyectos y se supone que quintuplica o mas las ganancias con la plata del trabajador para que se pague solo una parte un salario minimo a un pensionado y solo con parte de los intereses y le digue quedando plata al dueño del fondo privado de los intereses y del capital.
Pregunto para el dueño del fondo si se aumenta el capital en cuanto al monto del contribuyente o trabajador y se le aumenta el capital en los intereses tambien pero al que no se le aumenta ni el capital ni en pension es al trabajador quien es en verdad el acreedor del capital me disculpan abogados pero la plata de las pensiones es del trabajador es nuestra no de ningun fondo privado l
Y cierro con la siguiente metafora los dueños de los fondos privados no son mas que los carroñeros mas despreciables.del universo
Hola Fernando. Gracias por tus comentarios.
Estoy pensionado por Colpensiones hace cuatro años puedo incrementar el valor de la mesada
Hola Honorio. A continuación te compartimos los casos en los cuales se puede reliquidar la pensión. Si aplicas a alguno de estos, podemos revisar tu caso y así brindarte la mejor asesoría:
1. Si tienes más de 1850 semanas al momento de pensionarte
2. Si estás pensionado en un Fondo Privado y tu pensión pudo ser mejor en Colpensiones.
3. Si al año 2014 tenías 55 años en el caso de las mujeres o 60 años en el caso de los hombres, pero no te aplicaron el Régimen de Transisicón.
4. Si tu pensión fue con entidades Públicas y Privadas en Régimen de Transición.
Excelente artículo. Gracias
Hola José. Gracias por leer nuestro Blog.
Muy importantes y valiosos sus aportes para todas aquellas personas que se pensionado y para aquellos que están próximos a obtenerla
Soy pensionado por fiduprevisora fomag. Trabaje como maestro 38 años y me pensiones en el 2003 ,año en que cumplí 50 años de edad .fui vinculado en el año de 1978 mayo 22 . actualmente mi pensión es de 1816.729. Gracias por la atención prestada
Hola Luis. Gracias por tu comentarios. Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Me pensioné en febrero de 2014 cómo Servidor Público solicitud hecha basado en la ley 33 de 1985, por estar en transición, estatus también reconocido por la misma resolución que me otorgó el derecho sinenbargo, me aplicaron ley 100, vulnerando derechos adquiridos por ley 33/85.
Hola Gilberto. Efectivamente las pensiones han tenido unos cambios de acuerdo a la normatividad aplicada en su pensión, por lo tanto es importante recibir información por expertos. Si deseas recibir asesoría personalizada, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Radique mi pencion de vejez hace 4 meses y medio y no me llega la resolución de pencion le agradezco su colaboración gracias dios lo bendiga
Hola Wilmar. El tiempo estimado para el reconocimiento de la pensión oscila entre los 4 y 6 meses después de radicada la solicitud. Si al trascurrir este tiempo no se ha otorgado la pensión, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Hola muy buenas tardes
Mi pregunta es estoy proxima a pensionarme me falta 1 año y yo trabajo en dos partes,mi fondo es protección yo saldria pensionada con el mínimo? Y la otra pregunta es si yo cotizo en las dos partes me devolverian una parte del ahorro de un empleo?
Muchas gracias
Hola Nora. La mesada pensional depende del capital ahorrado en el Fondo Privado, por lo cual se debe revisar el caso particular. Por otro lado, todo el tiempo que cotices en la administradora de pensiones de forma simultanea, hace parte de tu cuenta individual, por lo tanto si cumples con los requisitos mínimos de pensión, deberías acceder a la misma y no es negociable una devolución por ningún concepto.
Me pensione en el año nov/2005
Me liquidaron mal, en el 2008; pedí reliquidación y subí a mas de 3 salarios mínimos y perdí la mesada 14, luego c normalizó el sueldo a menos de 3 salarios mínimo en la actualidad devengo una asignación mensual de $2.785.000 y no devengo la mesada 14.
Hola José. Es importante revisar en detalle la norma que te aplicaron para le pensión, pues dependiendo se puede solicitar una nueva reliquidación o por lo contrario se perdería definitivamente la mesada 14. Te invitamos a que agendes una cita con los expertos a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 para que un experto revise tu caso. Es importante que tengas tu Historia Laboral para la respectiva revisión.
Buenas noches.
Conque porcentaje del promedio acumulado está liquidando Colpenciones y si es verdad que por cada 50 semanas después de las 1.300.000 aumentan en un 1,5 ‘por ciento lel porcentaje de a liquidación
Muchas gracias.
Hola Jose. El porcentaje para liquidar la pensión, tiene en cuenta dos variables que son el promedio salarial y la cantidad de semanas, así entonces la ecuación financiera va a arrojar una tasa de retorno que se conoce como porcentaje de liquidación, donde el porcentaje incrementa en 1,5% por cada 50 semanas después de las 1.300 semanas.Te invitamos a que agendes una cita con los expertos a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 para que un experto revise tu caso. Es importante que tengas tu Historia Laboral para la respectiva revisión.
Soy pensionado por colpensiones
Mi esposa es ama de casa
Toda la vida dependio de mi
Es posible pedir un aumento en mi mesada pensional ?
Me pensione hace 7 años
Hola Javier. A continuación te compartimos los casos en los cuales se puede reliquidar la pensión. Si aplicas a alguno de estos, podemos revisar tu caso y así brindarte a mejor asesoría:
1. Si tienes más de 1850 semanas al momento de pensionarte
2. Si estás pensionado en un Fondo Privado y tu pensión pudo ser mejor en Colpensiones.
3. Si al año 2014 tenías 55 años en el caso de las mujeres o 60 años en el caso de los hombres, pero no te aplicaron el Régimen de Transisicón.
4. Si tu pensión fue con entidades Públicas y Privadas en Régimen de Transición.
Primero que todo mil gracias por tan bonita gestión para los que tenemos dudas en base ala pensión sobre todo con estos fondos privados ya que me encuentro vinculado a uno de esos y Aceves.su ayuda es muy importante
Hola Victor. Gracias por leer nuestro Blog. Si necesitas asesoría, no dudes en contactarnos.
El día de hoy estoy cumpliendo la edad para pensionarme es decir los sesenta y dos años. Tengo 2106 semanas. Con las correcciones solicitadas. Aún me falta rescatar unas 280 semanas que no aparecen y que las labores siendo menor de edad. Yo solicite esas correcciónes pero no me las sumaron. De lo contrario sumaria 2390 semanas.
Me dicen que no paga la pena reclamar esas semanas…que total solo me van a pagar sobre las 1800 semanas. Necesito asesoría antes de radicar está semana los documentos. Ellos Colpensiones solo me certifica 2109 semanas. Vale la pena reclamar o radico así?
Hola Silvio. Cada caso es particular. Te invitamos a que agendes una cita con un experto a través de nuestro WhatsApp 318 432 0174 y así revisar tu caso.
Buenas noches, quisiera saber si ustedes llevan caso de pensión de invalidez con el régimen especial, gracias.
Hola Rodrigo. Claro que si. Te invitamos a que agendes una cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 y así puedas agendar la cita con un experto.
Tengo 1515 semanas en fondo privado necesito 1150 esto me incrementa el valor de la mesada pensional.
Me beneficia en algo el paso a colopensiones en este momento
Gracias
Hola Margarita. Si te encuentras en el Fondo Privado, es importante conocer el capital acumulado, pues las semanas se tienen en cuenta, siempre y cuando no se cuente con el capital necesario para la pensión. Lo anterior, debido a que si cumple con el capital las semanas no son necesarias al momento de cumplir la edad de pensión en el Fondo Privado. Por otro lado, en Colpensiones el tener más de 1300 semanas si te beneficiaría. Te invitamos a que agendes una cita con nuestros expertos para revisar tu caso particular, escríbenos a nuestro WhatsApp 318 432 0174.
tengo 51 años si me retiro ahora y continuo pagando particularmente pierdo algunos beneficios, y otra duda al momento de de pensionarme puedo tener inconvenientes.
Hola Clemencia. En respuesta a tu inquietud, se debe evaluar el promedio salarial actual, el Fondo en el cuál te encuentras cotizando (Fondo Privado o Colpensiones), las semanas cotizadas, entre otras, para definir cómo debes continuar aportando, ya que no hay ningún inconveniente al momento de pensionarte, pero si podría variar el valor de la mesada. Te invitamos a que agendes una cita con nuestros expertos para revisar tu caso particular, escríbenos a nuestro WhatsApp 318 432 0174
Buen día Señores TG Consultores
1.-Cumplí requisitos de pensión en Junio de 2017
Solicité reconocimiento de pensión en Febrero de 2023
Solo me reconocen retroactividad desde Febrero de 2020. El resto de retroactivo se
pierde ?
2.- La indexación la calcularon a Febrero de 2020. (La resolución me la entregaron 7 meses después). La primera mesada está calculada a Febrero 2020 no debería ser a Octubre 2023 que es la fecha en que me la van a pagar ? Porque creo que una cosa es el cálculo del valor de mis mesadas y otra cosa el reconocimiento del retroactivo.
Hay alguna posibilidad de poder reclamar o demandar algo? Y espero su asesoría si es el caso.
Agradezco su atención. Carlos Vega CC 14.214.425 de Ibagué
Hola Sr. Carlos. Queremos informarte que el retroactivo tiene un tiempo de vigencia de los últimos 3 años, desde la fecha del reconocimiento de pensión de vejez, no desde la fecha de adquisición del mismo. Nuestra primera consulta es totalmente gratis. Te invitamos a que agendes una cita a través de nuestro WhatsApp 3184320174.
Entre ahorro pensional, rendimientos y bono pensional mi ahorro individual en el Fondo de Pensiones Porvenir suma $321.000.000. Y en Diciembre del 2022 me reconocieron una mesada con el salario mínimo, a pesar de que mi ingreso promedio había sido 5 salarios mínimos. ¿Se puede reliquidar mi pensión?
Hola Miguel. Te informamos que podemos hacer una liquidación, para identificar si la pensión que tienes con el fondo privado esta bien reconocida y también podemos verificar las alternativas jurídicas que tendrías para que se incremente tu mesada pensional. Te invitamos a que te comuniques con nosotros para agendar una cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174.
Me pensione en Fonprecon en 2002 con 55 años de edad y me liquidaron con el último sueldo en la Cámara de Representantes qué en 1996 era de 2.5 salarios mínimos mes. Pero yo tuve 5.9 salarios de sueldo en la Registraduria durante 1991 a 1993. Se me podría reliquidar con ese alto salario de diciembre 1993.?
Yo trabaje con la @Registraduria desde 1973 hasta 1993. Además tengo la esposa enferma y un hijo con discapacidad diagnosticada por médicos desde 1996. Eso me daría una mejor opción.? Gracias.
Hola Douglas. Gracias por su mensaje. Te informamos que hoy en día existen mecanismos para reliquidar una mesada pensional, sin embargo, cada caso es particular. Recibe asesoría personalizada con nosotros, te invitamos a que agendes tu cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174 ¡Nuestra Primera Consulta es Gratis!
Tiene muy buena atención y apoyo en la asesoría, muchas gracias y felicitaciones por su servicio
Hola Gloria. Agradecemos tu comentario. Nuestra prioridad es brindar un servicio excelente y de calidad para nuestros clientes.
Buenas tardes, estoy pensionado por Colpensiones en el 2019 $1.043.376 y veo que mi pensión a la fecha tiene una diferencia con el mínimo de 80 mil pesos y me quitan de salud el 10por ciento o sea que así como voy me va llegar a un mínimo, gracias por su respuesta.
Hola Nubia. Es importante aclarar que las pensiones superiores al salario mínimo incrementan de acuerdo al IPC. También al monto de la pensión siempre se va a descontar el aporte a salud, por lo tanto, esta es la forma en que se comporta el valor de la mesada pensional año tras año. Cada caso es particular. Te invitamos a que te comuniques con nosotros para agendar una cita a través de nuestro WhatsApp 318 4320174.
Hola, me pensione anticipadamente por retiro programado con proteccion desde julio 2013 por el capital pero no cumpli las semanas ( tengo 959), hoy tengo 53 años, es posible realizar el cambio a colpensiones y cotizar las semanas que me faltan con el fin de mejorar mi mesada pensional ? o ya no me puedo cambiar de fondo por ya estar pensionada anticipadamente?
Hola Sra.Eliana. Te invitamos a que agendes una cita a través de nuestro WhatsApp (+57) 318 432 0174 y recibas asesoría personalizada por expertos para analizar tu caso.