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YA HAY PROYECTO DE LA REFORMA PENSIONAL

28 MARZO, 2023
Por Equipo Jurídico – TG CONSULTORES

El pasado 14 de marzo de 2023 se dio a conocer el borrador de la propuesta de reforma pensional que tanto anunció el presidente Gustavo Petro desde su candidatura y el miércoles 22 de marzo, se radicó formalmente ante el Congreso de la República, con algunas modificaciones frente al texto inicial. 

Tenga en cuenta que éste aún no es un documento oficial que permita tomar decisiones definitivas frente a nuestro futuro pensional; pues tendrá que ser debatido en el Congreso de la República, sancionado por el Presidente y analizado por la Corte Constitucional para que pueda empezar a regir. Además, es un documento, que como ha ocurrido con otras propuestas de reforma, como el de la salud, puede sufrir modificaciones sustanciales antes de que logre aprobarse.  

Sin embargo, no cabe duda de lo importante que es analizarlo y prever algunas situaciones que podrían presentarse en caso de que se apruebe total o parcialmente. A continuación, algunos puntos significativos del proyecto de reforma que responden muchas preguntas que invaden los medios por estos días: 

¿Es cierto que todos tendríamos que afiliarnos a Colpensiones? 

Una de las propuestas más anunciadas, controversiales y notorias en el proyecto de la reforma es la creación de la estructura del Sistema de pilares.  

En la actualidad, existen dos regímenes pensionales con características que difieren, especialmente, en la forma de liquidar la pensión de vejez. Con este sistema que se propone, ya no existiría un régimen público y uno privado, sino un régimen único del que harían parte los afiliados clasificados en pilares, de acuerdo a sus ingresos, así:     

  • Pilar solidario: Con éste se busca garantizar una renta básica para los adultos mayores en condiciones de pobreza y pobreza extrema, mayores de 65 años que recibirían una renta básica mensual.  
  • Pilar semicontributivo: Estaría integrado por personas mayores de 65 años, sin requisitos para acceder a una pensión (desde 150 hasta menos de 1000 semanas de cotización), quienes podrían acceder a un Beneficio económico vitalicio.  
  • Pilar contributivo: En este pilar convergen los dos regímenes pensionales actuales y se crean dos componentes que se tendrían en cuenta para el reconocimiento de pensiones de vejez, invalidez o sobrevivencia. En este pilar estarían incluidos los trabajadores dependientes e independientes con capacidad de pago, esto es, que puedan realizar aportes al sistema por más de un (1) salario mínimo legal mensual vigente y hasta los 25 salarios mínimos.  Los componentes que se crearían en este pilar son: Componente de Prima Media y Componente de Ahorro Individual.  

El componente de Prima Media estaría integrado por todos los afiliados del pilar contributivo, sería administrado por Colpensiones y recibiría las cotizaciones que se realicen entre los 1 y 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes iniciales.

El componente de Ahorro Individual, por su parte estaría administrado por las Administradoras de pensiones, quienes recibirían los aportes de los afiliados que excedan los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.   

  • Pilar de Ahorro Voluntario: Al que podrán aportar los afiliados como un ahorro adicional de acuerdo a los portafolios que ofrezca el sector financiero, en busca de mejorar el ahorro pensional.  

Así las cosas, con esta estructura, un afiliado recibiría una única pensión dividida en dos componentes, el que otorga la prima media más el que se consiga con el ahorro individual, siempre y cuando reúna los requisitos mínimos dispuestos en el régimen de prima media.  

Esto quiere decir que sí las personas que fueran cobijadas por esta reforma si se aprueba, estarían afiliados a Colpensiones, entidad que recibiría los aportes que se realicen entre 1 y 3 salarios mínimos iniciales. Si una persona percibe ingresos superiores a esos primeros 3 salarios, tendrían que afiliarse ante un fondo privado que recibiría los aportes adicionales, es decir, los que se realizaran entre los 4 y los 25 salarios mínimos.  

¿Qué requisitos se necesitarían para ser beneficiario de una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia con la reforma? 

Los requisitos para ser beneficiario de cualquiera de estas prestaciones no cambian. Para ser beneficiario de una pensión vejez se mantiene la edad de 57 años para mujeres y 62 años para hombres, así como el requisito de más de 1300 semanas de cotización. Respecto a las pensiones de invalidez y sobrevivencia se mantienen los mismos requisitos que establece la ley actualmente.  

¿Es cierto que se tendría que incrementar el aporte? 

La reforma propone mantener el mismo porcentaje del aporte, es decir, 16% sobre el ingreso. Sin embargo, contempla que, si el ingreso mensual supera los 4 salarios mínimos, se tendrá que realizar un aporte adicional de 2% con destino al Fondo de Solidaridad Pensional.  

¿Si todos debemos afiliarnos a Colpensiones, qué pasa con los aportes que realicé si estoy afiliado en un fondo privado? 

Una de las principales recomendaciones realizadas con el anuncio de la reforma, fue la protección del ahorro pensional de los colombianos por el fuerte impacto que podría generarse si todos los recursos que hoy administran los fondos privados tuvieran que trasladarse a Colpensiones. Por ello, el proyecto de la reforma contempla la creación de un Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, con el que se busca que se trasladen los afiliados, pero no su ahorro pensional. Esto quiere decir que los recursos que hoy administran los fondos, sólo pasaría a Colpensiones en el momento en que el afiliado cumpla los requisitos y decida pensionarse; mientras tanto continuarían administrándolos.    

¿Qué otras novedades se observan en el proyecto de la reforma? 

Algunos de los puntos que se incluyen en la reforma buscan unificar asuntos que de alguna forma ya habían sido regulados por otras normas, por ejemplo: la determinación de la base de cotización para los trabajadores independientes, la posibilidad de efectuar cotizaciones por semanas y la pensión familiar.  

Una novedad destacada es el beneficio que se anuncia para las mujeres con hijos, como reconocimiento al trabajo no remunerado. Con esta propuesta se busca que las mujeres puedan disminuir el requisito de semanas de cotización en 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptivo por máximo 3 hijos.  

¿A quiénes cobijaría esta reforma? 

El proyecto contempla un régimen de transición para las personas que a la fecha de entrada en vigencia del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez cuenten con más de 1000 semanas de cotización. Esto quiere decir, que las personas que cuenten con dicha densidad de semanas podrán pensionarse bajo las características de la normatividad actual (Ley 100 de 1993, modificada por la Ley 797 de 2003), proyecto de ley que también contempla la posibilidad de trasladarse entre regímenes pensionales, si se está a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión. 

Sin duda, esta propuesta de reforma, como las demás despierta muchas opiniones, por factores tan esenciales como la sostenibilidad financiera, la materialización de las propuestas y el impacto social que podría generar en medio de la incertidumbre que por estos días vive de la economía nacional y global. Sin embargo, no cabe duda de que, sin importar las preferencias políticas, nuestro sistema pensional aclama una reforma desde hace mucho tiempo.    

Ante la expectativa del desenlace de esta propuesta, sólo podemos recomendar seguir haciendo sus aportes, mantenerse bien informado y continuar asesorándose con expertos que puedan orientarlo con las mejores decisiones para su futuro.   

 

(Documento realizado el 28 de Marzo de 2023, puede contener cambios de información al momento de la consulta, por actualización de jurisprudencia) 

 

TG CONSULTORES 

Expertos en Pensiones y Derecho Laboral 

 

Bogotá (601) 5806006 

Línea Celular Nacional 317 434 7367 

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21 thoughts on “YA HAY PROYECTO DE LA REFORMA PENSIONAL

  1. Muchas gracias por el buen resumen.

    Un tema muy importante q anuncian , pero no se desarrolla, Que pasa con los nuevos requisitos para la sustitución pensional?

    1. Hola Silvia. Hasta ahora es un proyecto el cual debe ser debatido en el Congreso de la República, sancionado por el Presidente y analizado por la Corte Constitucional para que pueda empezar a regir. Por lo cual todavía no hay certeza de algunos puntos. Te invitamos a que sigas leyendo nuestros blogs para que estés informada de las últimas novedades referente a este y otros temas en materia Pensional y Laboral.

  2. My facil de entender lo del proyecto de la reforma pensional. Mil gracias.Pero me gustaria saber que pasara con los que ya gozamos de una pension y que esta en un regimen privado.

    1. Hola Maria. Gracias por leer nuestro blog. Respecto a tu inquietud, te informamos que en el actual proyecto, mencionan el recaudo de un porcentaje para las pensiones de más de 10 SMMLV. Sin embargo se debe esperar el debate en el congreso para su posterior aprobación.

  3. En caso que la reforma sea aprobada este año 2023, se sancionaría para iniciar el nuevo sistema en 2024? Aplicaría para aquellos que estamos bajo expectativa de pensionarnos en 2024? Tendríamos que acudir a la propuesta del pilar contributivo? O se contempla una transición para este pilar? Gracias por sus comentarios

    1. Hola Irma. El proyecto presentado ante el congreso esta sujeto a las modificaciones por parte del congreso, esto incluye definir periodos de transición y entrada en vigencia de la ley, si resulta ser aprobada.

  4. los últimos 10 años de cotizacion los realice en provenir con aportes de 5smmlv. en el momnto me encuentro pensionado con 1smmlv.
    pregunto: ESTA PENSION PUEDE SER OBJETO AUN DE REVISION ?
    Heberth Martinez Gallego
    c,c. 6.400.846
    cel 3155904973

  5. Buenas noches , señores consultores.
    Tengo una inquietud , cumplo con el favor de Dios el 19 de mayo del 2024 mis 62 años .estoy cotizando en colfondos tengo Serca de 900 semanas cotizadas ,no estoy cotizando,pues ya por mi edad es difícil q me den trabajo. Estamos con un emprendimiento familiar , la verdad lo q necesito es dinero para darle mejor impulso a nuestro proyecto.
    Según la reforma actual al no cumplir con los requisitos para pensionarme ,puedo solicitar la devolución de mis ahorros. Mi pregunta es. Cualquiera q sea la nueva reforma pensional de petro.puedo seguir contando con la devolución de ahorros ,cómo lo es hasta ahora.estare muy agradecido por su pronta respuesta.

    1. Hola Alfonso. En el actual proyecto de la reforma pensional, no se contemplan cambios relacionado con la devolución de saldos. Cabe mencionar que, en los artículos 46 y 53 mencionan la indemnización sustitutiva o devolución de saldos, para la pensión de invalidez y/o sobrevivientes. Por lo anterior y conforme al proyecto, respecto a tu inquietud, no tendría cambios. Sin embargo, hasta no ser ley, no es conveniente especular. Te invitamos a que estés atento a los comunicados que compartimos acerca de la reforma.

  6. No mencionan nada para los que estamos pensionados,ejemplo devolución de la mesada 14,aumento con lo que decrete el gobierno para el mínimo,couta de salud 4 por ciento para salarios hasta de 3 millones.

    1. Hola Orlando. El actual documento que fue radicado en el congreso, es un proyecto el cual esta sujeto a cambios, por lo tanto debemos esperar la aprobación final. Te invitamos a estar atento a nuevos comunicados donde ampliaremos la información conforme a las modificaciones que se vayan dando al respecto.

  7. Los felicito por su valiosa información que poco a poca y de manera clara nos van informando respeto a lo que pasará con la reforma pensional si sé llega aprobar.

  8. Buenas noches, necesito saber si es posible, trasladarme de un fondo privado a colpensiones, tengo 63 años y más de 1000 semanas cotizadas en el fondo privado, 150 semanas cotizadas a prosperar.
    Muchas gracias.

    1. Hola Maria. Si existe la posibilidad de traslado a Colpensiones. Sin embargo, esta posibilidad no aplica para todos los casos. Es importante revisar tu situación puntual para ver si cumples con las condiciones de traslado. Te invitamos a agendar una cita a través de nuestro Whatsapp 3184320178

  9. HOY CUENTO CON 700 SEMANAS ESTOY PAGANDO JUICIOSO CADA MES, MI EDAD ES DE 50 AÑOS.SI SIGO PAGANDO HASTA LOGRAR LAS 1300 SEMANAS TENDRE ALGUN INCONVENIENTE.

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