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Brecha Pensional-min

¿Sabía que al pensionarse recibe aproximadamente el 65% de su último salario?

En Colombia el nivel de cotización al Sistema General de Pensiones es bajo y la informalidad, es una de las principales causas.

Para el caso de Colpensiones hay registrados más de 6 millones de afiliados al Sistema, pero tan solo un poco más de 2 millones se encuentran activos cotizando. En los Fondos Privados el panorama no mejora, de acuerdo con la Superintendencia Financiera, con corte a noviembre 2018, se estiman 14.475.308 afiliados, sin embargo tan solo la mitad cotiza activamente.

La principal razón naturalmente es el desconocimiento, la falta de información clara y comprensible para las personas del común. Pero además de la falta de conocimiento,  en nuestro país aun existe una alta tasa de informalidad, casi del 49%, lo cual implica que cuando un colombiano se percata de empezar a cotizar oficialmente dentro del sistema de pensiones, muchas veces ya es muy tarde.

Es así como las consecuencias por falta de información sobre este tema, se ve reflejada en el momento de recibir la pensión. La brecha pensional es una realidad, y consiste en la diferencia entre el último salario devengado y el dinero real que se recibe al momento de pensionarse con el Fondo de Pensiones Obligatorias. Esa diferencia, en promedio, es del 35%, es decir que al momento de la jubilación, la persona suele recibir aproximadamente el 65% de su último salario.

Esta diferencia es mucho más notoria para las personas que estando afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, no logran el dinero suficiente para financiar una pensión similar a sus ingresos salariales.

Para revertir de forma considerable el vacío de la brecha pensional, la ley ha permitido la posibilidad de aportar a los Fondos de Pensiones Voluntarias, esto significa que adicional a las cotizaciones obligatorias que se deben hacer, las personas libremente pueden hacer aportes voluntarios con el fin de mejorar o complementar su futura pensión o para pensionarse en un menor tiempo.

Estos aportes voluntarios se pueden hacer de dos formas: Siendo afiliado y cotizante al Sistema Obligatorio de Pensiones, lo anterior solo aplica para las personas que están afiliadas al régimen de ahorro individual, es decir a un Fondo Privado de pensiones, de manera que una persona que esté afiliada a Colpensiones no puede hacer aportes voluntarios de pensión a su cuenta obligatoria.

La segunda forma, es siendo cotizante a un Fondo Voluntario de Pensiones. Cualquier persona puede afiliarse a dicho Fondo sin importar al régimen de pensiones al cual se encuentre vinculado, podrá realizar su ahorros, pero deber tener una cuenta a su nombre diferente con la que ya viene haciendo su ahorro pensional obligatorio.

La recomendación es hacer una planeación financiera con apoyo de expertos como TG Consultores, para que desde una edad temprana pueda contemplar otras formas de ahorrar para cerrar esa diferencia entre lo que se tiene y lo que necesita.

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