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LAS PENSIONES EN COLOMBIA NO SERÁN GRAVADAS

Frente al tema pensional, TG Consultores comparte con nuestros lectores, algunas de las implicaciones que conlleva el proyecto de reforma tributaria radicada el pasado 8 de agosto de 2022 ante el Congreso de la República y presentada por el actual Gobierno en cabeza del Ministro de Hacienda y Crédito Público Dr. José Antonio Ocampo, denominada “Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social.” 

Son los artículos 2, 5 y 8 del proyecto de reforma, los que pretendían modificar y cambiar las reglas tributarias para los pensionados que gozaran de las prestaciones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes, riesgos profesionales, indemnizaciones sustitutivas de pensiones y/o devoluciones de saldos, incluyendo además como novedad a las personas naturales que recibieran pensiones en sistemas de renta vitalicia y asimiladas obtenidas en el exterior o en organismos multilaterales. 

El actual Estatuto Tributario en el artículo 206, establece cuales son las rentas de trabajo exentas y en el numeral 5, consagra que la totalidad de los pagos o abonos en cuenta provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria están gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios con excepción de las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes, riesgos profesionales, indemnizaciones sustitutivas de pensiones y/o devoluciones de saldos que no excedan de 1.000 UVT mensuales. 

El UVT (Unidad de valor tributario), es una medida de valor que se usa en materia tributaria y en términos prácticos para el 2022 la DIAN estableció que cada unidad representa la suma de 

$38.004 (cambiante cada año), por lo que de conformidad con la norma actual están exentas, las prestaciones que de forma mensual no superen los 38 millones 4 mil pesos m/l. 

Conforme con el texto presentado ante el congreso y que fue suprimido dentro del proceso de conciliación, como lo informó el actual Presidente de la República a través de su cuenta en Twitter el pasado 25 de octubre de 2022, se buscaba modificar dicho monto estableciendo un valor de 1790 UVT anuales, por lo que de haberse aprobado la reforma tributaria en este punto, las pensiones superiores a $ 5.668.930 pesos, hubiesen sido gravadas con el 0%, aumentando este porcentaje de forma ascendente de acuerdo al monto de la prestación, acorde con la tabla para el cálculo de la retención en la fuente sobre pensiones, que establecería dicho estatuto y de forma progresiva (a mayor ingreso mayor porcentaje a pagar), viéndose en la práctica afectadas solo las prestaciones que superaran los 10 millones de pesos mensuales. 

 (Documento realizado el 25 de Octubre de 2022, puede contener cambios de información al momento de la consulta, por actualización de jurisprudencia)

TG CONSULTORES. 

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